Centro de consultas para el pago adicional de asistencia pública con base en la sentencia del Tribunal Supremo de Japón
Información acerca del pago adicional de asistencia pública a todos los beneficiarios de la asistencia pública a partir de agosto de 2013
- Notificación sobre el pago adicional de asistencia pública con base en la sentencia del Tribunal Supremo de Japón relativa a la revisión del estándar de apoyo para la subsistencia de 2013 -
Acerca del pago adicional
- En la sentencia del Tribunal Supremo de Japón del 27 de junio de 2025 relativa a la revisión del estándar de apoyo para la subsistencia efectuada a lo largo de un periodo de 3 años desde 2013 se señaló que "Existieron fallos y omisiones en el transcurso y proceso de decisiones por parte del Ministro de Salud, Trabajo y Bienestar en relación con el ajuste a causa de la deflación", y se determinó su inconstitucionalidad.
- Como una forma de atender a lo dictado por sentencia, se deliberó al respecto por parte del "Comité Especializado para atender la sentencia del Tribunal Supremo de Japón", el cual estuvo conformado por académicos y expertos, y sus decisiones se recogieron en un informe en noviembre de 2025.
- Con base en dicho informe, entre otros, el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar ha decidido efectuar el pago adicional de un monto de asistencia pública que cubra la diferencia entre el estándar previo y el nuevo estándar. La información general del pago es la siguiente.
- Para más información sobre el trasfondo y las notificaciones relacionadas, entre otros, con el pago adicional, consulte el sitio web del Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar.
Centro de consultas para el pago adicional de asistencia pública con base en la sentencia del Tribunal Supremo de Japón
(Proyecto encargado por el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar)
El centro de consultas atiende las consultas acerca del contenido del pago adicional, entre otros.
En caso de que tenga alguna duda, por favor, llame por teléfono al siguiente punto de contacto.
teléfono gratuito
*De agosto a octubre, también está abierto los fines de semana y días festivos.
Acerca de la información general del pago adicional
Unidades familiares objeto
- Todas las unidades familiares que hayan sido beneficiarias de la asistencia pública durante el periodo entre agosto de 2013 y septiembre de 2018.
- Aparte de lo recogido arriba, entre las unidades familiares que hayan sido beneficiarias de la asistencia pública entre octubre de 2018 y marzo de 2026 serán objeto aquellas unidades familiares con personas que hayan estado ingresadas en hospitales o centros por un determinado periodo, con personas que se les haya calculado un monto adicional por discapacidad, así como aquellas a las que se les haya calculado un apoyo único de fin de periodo pagado anualmente cada mes de diciembre.
- Las unidades familiares que actualmente no son beneficiarias de la asistencia pública también son objeto si cumplen con los requisitos superiores.
Costo de la vida estándar, montos adicionales, entre otros, objeto del pago adicional
- A continuación se recoge el periodo objeto del pago adicional sobre el costo de la vida estándar y los montos adicionales, entre otros.
- La tasa de pago adicional es de +0.8 % (Agosto 2013 - Marzo 2014), +1.6 % (Abril 2014 - Marzo 2015), +2.4 % (Abril 2015-). (*1)
| Año fiscal 2013 | Año fiscal 2014 | Año fiscal 2015 | Año fiscal 2016 | Año fiscal 2017 | Año fiscal 2018 | Año fiscal 2019- Año fiscal 2025 |
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|---|---|---|---|---|---|---|---|
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Monto estándar en caso de vivienda (Tipo 1, Tipo 2) |
Agosto 2013 - Septiembre 2018 (*2)
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Monto estándar de gastos de enseres cotidianos para pacientes ingresados, refugios, etc., gastos de vida básicos para personas ingresadas en centros de cuidado de enfermería Apoyo único de fin de periodo El monto adicional para mujeres embarazadas, monto adicional para personas con discapacidad (excluye el monto adicional para personas con discapacidad grave, tarifa de cuidado a familiares, tarifa de cuidado a terceras personas), monto adicional para personas ingresadas en centros de cuidado de enfermería, monto adicional de pacientes en casa, monto adicional para personas con discapacidad a causa de la radiación (Limitado a partir de octubre de 2013), monto adicional de familia uniparental (pacientes ingresados, etc.), monto adicional de invierno (ingreso hospitalario, centros de cuidado de enfermería) Deducción por menores de edad (Deducción por menores de 20 años) |
Agosto 2013 - Marzo 2026 (*2)
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Monto adicional para el invierno (En caso de vivienda, refugio, etc.) |
Agosto 2013 - Septiembre 2015 (*2)
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Monto adicional para familia uniparental (En el hogar) |
Agosto 2013 - Septiembre 2018 (*2)
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- (*1) La tasa de pago adicional del apoyo único de fin de periodo es del +2.4 % (Agosto 2013 - Marzo 2026).
- (*2) El periodo objeto del pago adicional es el periodo que abarca el impacto por el ajuste a causa de la deflación sobre el costo de la vida estándar y los montos adicionales.
Monto de pago
Diferencia entre el nuevo estándar y el estándar previo del estándar de apoyo para la subsistencia
Ejemplo de monto de pago adicional de asistencia pública con base en la sentencia del Tribunal Supremo de Japón
- El monto de pago adicional varía según su edad en dicho momento, el número de personas que conforman la unidad familiar, la región de residencia, el periodo durante el que se recibió la asistencia pública, así como la existencia o no de montos adicionales.
- Asimismo, a continuación se recogen ejemplos del monto de pago adicional de las unidades familiares beneficiarias de forma continuada de la asistencia pública desde agosto de 2013 hasta marzo de 2026. (En caso de que el periodo como beneficiario sea solo parcial, se pagarán solo los meses correspondientes)
| Ejemplo de unidad familiar | En caso de que hubieran sido beneficiarios de la asistencia pública de forma continuada desde agosto de 2013 hasta marzo de 2026 (Total) | ||||
|---|---|---|---|---|---|
| Agosto 2013 - Marzo 2014 (8 meses) |
Abril 2014 - Marzo 2015 (12 meses) |
Abril 2015 - Septiembre 2018 (42 meses) |
Octubre 2018 - Marzo 2026 (90 meses) |
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| Ejemplo de unidad familiar unipersonal de 60 años | 105,000 JPY | 5,000 JPY | 16,000 JPY | 81,000 JPY | 2,000 JPY |
| Ejemplo de matrimonio de 30 años con 1 hijo de 4 años | 204,000 JPY | 10,000 JPY | 30,000 JPY | 158,000 JPY | 4,000 JPY |
| Ejemplo de unidad familiar | En caso de que hubieran sido beneficiarios de la asistencia pública de forma continuada desde agosto de 2013 hasta marzo de 2026 (Total) | ||||
|---|---|---|---|---|---|
| Agosto 2013 - Marzo 2014 (8 meses) |
Abril 2014 - Marzo 2015 (12 meses) |
Abril 2015 - Septiembre 2018 (42 meses) |
Octubre 2018 - Marzo 2026 (90 meses) |
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| Ejemplo de unidad familiar unipersonal de 60 años | 85,000 JPY | 4,000 JPY | 12,000 JPY | 65,000 JPY | 2,000 JPY |
| Ejemplo de matrimonio de 30 años con 1 hijo de 4 años | 161,000 JPY | 8,000 JPY | 24,000 JPY | 125,000 JPY | 3,000 JPY |
- (*)Las cifras para cada periodo están redondeadas, debido a esto su suma no coincide con el total.
- (*)La tasa de pago adicional respecto al estándar previo varía según el periodo. (Agosto de 2013 - + 0,8 %, Abril de 2014 - + 1,6 %, Abril de 2015 - + 2,4 %)
- (*)Los montos recogidos arriba son solamente un ejemplo de los tipos de unidades familiares, para estos los diferentes montos adicionales no se han calculado, y, solo se han sumado los meses de pago con apoyo único de fin de periodo a partir de octubre de 2018 (pagado en diciembre de cada año). Es por esto, que en caso de que se hayan calculado los diferentes montos adicionales, así como en caso de que se hayan calculado los gastos de enseres cotidianos para pacientes ingresados a partir de octubre de 2018, que les pedimos su comprensión respecto a que el monto pudiera ser superior al monto recogido arriba.
- (*)La categoría de zona se define para cada municipio, y se establece teniendo en cuenta las diferencias regionales sobre el monto estándar teniendo en consideración las diferencias de estilo de vida de cada región, entre otros. (Un total de categorías entre la "Categoría de zona 1-1" y la "Categoría de zona 3-2").
Trascurso hasta el pago
- Para las unidades familiares que son actualmente beneficiarias de la asistencia pública (*), se hará un pago adicional por parte del municipio que les abona el pago actualmente, por lo que, por regla general, no necesitarán (solicitar) el proceso del pago.
- Para las unidades familiares que actualmente no son beneficiarias de la asistencia pública, se hará el pago adicional por parte del municipio que les abonaba el pago en dicho momento, por lo que está previsto que el jefe de la unidad familiar deba solicitar a su municipio de aquel momento.
- (*)Las unidades familiares que hayan sido beneficiarias de la asistencia pública en otro municipio durante el periodo a partir de agosto de 2013, deberán solicitarlo al municipio del que hayan sido beneficiarios de la asistencia pública en ese momento.
Programa de fechas de pago
El programa de fechas de pago varía según la situación de preparación de cada municipio.
Asimismo, en este momento, está previsto que a partir del verano de 2026 comencemos a atender las solicitudes por parte de las unidades familiares que no recibieron el pago de la asistencia. En relación con los detalles del proceso de solicitud, se indicará sobre estos más adelante.
Preguntas frecuentes
- P ¿Hay una estimación del programa de fechas de pago para el pago adicional?
-
R
El programa de fechas de pago varía según la situación de preparación de cada municipio, por lo que no podemos brindar una respuesta única acerca de las fechas concretas de pago.
Asimismo, en relación con los beneficiarios actuales de la asistencia pública se tiene previsto hacer el pago con la mayor premura posible, sin embargo, respecto a las solicitudes por parte de unidades familiares que actualmente no son beneficiarias de la asistencia pública está previsto que a partir del verano de 2026 se comience a atender sus solicitudes, y que posteriormente, el pago sea realizado según la situación de preparación de cada municipio.
- P Actualmente, soy beneficiario de la asistencia pública en la Ciudad A. Sin embargo, a fecha de agosto de 2013 era beneficiario en la Ciudad B, y posteriormente también fue beneficiario de la asistencia pública en la Ciudad C. En este caso, ¿tendría que recibir el pago adicional de la asistencia pública por parte de las ciudades A, B y C?
- R El pago adicional será abonado por cada uno de los municipios correspondientes. En el caso de la Ciudad A se le hará el pago sin necesidad de hacer ningún trámite, sin embargo, por favor, haga su solicitud para la Ciudad B y la Ciudad C.
- P A fecha del año 2013, mis padres y yo, en total 3 personas, éramos beneficiarios de la asistencia pública. Sin embargo, mi padre falleció, por lo que, actualmente, somos mi madre y yo, en total 2 personas, los que somos beneficiarios de la asistencia pública.
- R Las personas fallecidas no son objeto del pago adicional de la asistencia público, por lo que en este caso, solo se abonará el monto de pago adicional equivalente a dos personas.
- P Actualmente, soy beneficiario de la asistencia pública. Sin embargo, ¿este pago adicional de la asistencia pública será también contabilizará en la cualificación de ingresos?
- R No, este pago no se contabilizará en la cualificación de ingresos. Asimismo, no se permite la compra con este pago de bienes cuya posesión no esté autorizada, entre otros.
- P Una vez que se haya determinado el pago adicional, ¿se recibirá alguna clase de notificación?
- R Una vez que se haya determinado el abono del pago adicional, el municipio enviará una notificación de determinación del pago adicional al jefe de la unidad familiar.
- P Incluso en el caso de que durante el periodo desde agosto de 2013 hasta marzo de 2026 haya tenido ciertos ingresos por trabajo, entre otros, así como un periodo en el que no se me haya pagado el apoyo para la subsistencia (o en caso de que solo se me hubiera pagado una parte), ¿seguiré siendo objeto del pago adicional de esta ocasión?
- R Incluso en caso de que no se le hubiera pagado el apoyo para la subsistencia (o en caso de que solo se le hubiera pagado una parte), seguirá siendo objeto del pago adicional de esta ocasión.
Acerca del centro de consultas
Centro de consultas para el pago adicional de asistencia pública con base en la sentencia del Tribunal Supremo de Japón
(Proyecto encargado por el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar)
El centro de consultas atiende las consultas acerca del contenido del pago adicional, entre otros.
En caso de que tenga alguna duda, por favor, llame por teléfono al siguiente punto de contacto.
teléfono gratuito
*De agosto a octubre, también está abierto los fines de semana y días festivos.
